2 de agosto de 2011

ACOSO SEXUAL

    El acoso sexual se define como: 
    • Toda conducta irrazonable y ofensiva para la persona objeto de la misma; 
    • Toda conducta que justifique explícita o implícitamente una decisión que
    afecte a los derechos de esta persona en materia de formación profesional,
    empleo, mantenimiento del empleo o salario, y
    • Toda conducta que cree un entorno laboral intimidatorio, hostil o humillante
    para la persona objeto de la misma.
    El acoso de naturaleza sexual incluye una serie de agresiones desde molestias a abusos serios que pueden llegar a involucrar actividad sexual. Ocurre típicamente en el lugar de trabajo u otros ambientes donde poner objeciones o rechazar puede tener consecuencias negativas

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